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Los programas de educación especial están autorizados por las leyes federales y estatales. Estas leyes requieren que una educación pública, gratuita y apropiada Free and Appropriate Public Education (siglas,FAPE) se imparta en un entrono lo menos restrictivo para todo estudiante que se haya identificado con alguna discapacidad. Este derecho les corresponde a los estudiantes que califican para los servicios de Educación Especial como se define en el decreto para el mejoramiento educativo de individuos con discapacidades - Disabilities Education Improvement Act (siglas, IDEIA).

Remisión para los Servicios de Educación Especial

¿Quién puede hacer la remisión para el estudiante?

La remisión puede ser hecha por los maestros, los padres, y personas profesionales a quien les corresponda y por otros miembros del púbico.

¿Cuándo se le puede remitir al estudiante?

A un estudiante se le puede remitir para instrucción y servicios de educación especial únicamente después de que los recursos del programa de educación regular se hayan considerado e implementado correctamente.

¿Cómo puede usted remitir al estudiante?

Toda remisión deberá de presentarse por escrito. Se espera que la vasta mayoría de las remisiones se originen en la escuela donde asiste el estudiante como resultado del proceso de asistencia para el estudiante - Student Assistance Process (siglas,SST) que garantiza que los recursos del programa de educación general han sido considerados. La información relativa a la remisión para identificar al menor con discapacidad - Child Find Referrals, tal como los de organismos / agencias externas o de los padres de estudiantes que aún no están inscritos se encuentra disponible comunicándose al: (760) 753-6491.

El Proceso para Evaluación

¿Cuál es el propósito de una evaluación para educación especial?

El propósito de la evaluación para educación especial es determinar si un niño / joven es elegible para servicios de educación especial bajo las leyes estatales y federales.

¿Quién participa en el proceso de evaluación?

Participan en el proceso de evaluación, los padres, maestros y personas con conocimiento de evaluación en la supuesta discapacidad  y evaluación.

¿Cuál es el cronograma o límite de tiempo?

Se desarrolla un plan de evaluación propuesto y se entrega a los padres / tutor legal dentro de los siguientes 15 días naturales después de la remisión para evaluación. Para tomar una decisión, los padres tienen un mínimo de 15 días a partir de cuando recibieron el plan propuesto. Después de recibir el formulario de consentimiento firmado por los padres, el equipo tiene un plazo de 60 días naturales para completar la evaluación y sostener una junta para el programa individualizado de educación Individualized Education Program (siglas, IEP). 

A través del proceso del Equipo del Distrito para el Estudio del Estudiante (siglas, SST) y otros procedimientos, se hace un continuo esfuerzo para localizar e identificar a las personas que podrían calificar para recibir servicios de educación especial. La ley también establece que los padres pueden iniciar una solicitud para que su hijo sea evaluado para determinar su elegibilidad para la educación especial y / o servicios relacionados. Esta solicitud debe presentarse por escrito con el especialista del programa de la escuela. Los padres deberán participar y recibir un acopia de las garantías procesales (derechos para educación) Notice of Procedural Safeguards.